Reclamar la nota en la Guardia Civil: cuatro ventanas y cuatro plazos distintos
Tres días hábiles para revisar el examen, diez para el baremo y ventanas propias para la entrevista y el médico: qué plazo te toca y desde cuándo corre cada uno.
Tres días hábiles para el examen, diez para el baremo
Si acabas de ver una calificación que no te cuadra, lo primero que tienes que decidir es qué estás reclamando exactamente. La convocatoria de 2026 abre cuatro ventanas distintas, con plazos distintos, órganos distintos y consecuencias distintas si se te pasan. Todas son cortas. Ninguna se reabre.
Van las cuatro, con los plazos transcritos de las bases y sin adornos.
Las cuatro ventanas de reclamación, y cuál te toca
| Qué reclamas | Plazo | Se cuenta desde | Base |
|---|---|---|---|
| Calificación de las pruebas escritas (ortografía, gramática, conocimientos generales, inglés y aptitudes intelectuales) | 3 días hábiles | La publicación de las calificaciones | 7.11 |
| Puntuación de la fase de concurso, o exclusión de la lista | 10 días hábiles | La publicación de la lista provisional de admitidos | 3.4 |
| No apto provisional de la entrevista personal | El que fije la convocatoria para pedir la revisión | La comunicación del resultado | 8.2 |
| No apto del reconocimiento médico | 3 días hábiles | La comunicación del resultado | 8.3 |
Bases 3.4, 7.11, 8.2 y 8.3 de la Resolución 160/38243/2026, de 5 de mayo, de la Dirección General de la Guardia Civil (BOE-A-2026-9982, de 8 de mayo de 2026). Los plazos están transcritos literalmente de esa convocatoria, que no ha tenido corrección de errores. Contrasta siempre el dato con el texto de la convocatoria a la que te presentes tú.
Fíjate en el orden real de las cosas, porque explica casi todos los plazos perdidos: la ventana del baremo se abre antes que la del examen. La lista provisional de admitidos sale meses antes de que te sientes a examinarte, y es la única ocasión en la que puedes tocar tu puntuación de la fase de concurso.
Tres días hábiles para revisar las pruebas escritas
La base 7.11 no deja margen de interpretación:
La petición de revisión […] en el plazo de tres (3) días hábiles, contados a partir de la publicación de las calificaciones.
Tres cosas que conviene tener claras de esa frase.
- El reloj arranca con la publicación, no con el día en que tú entras a mirar. Si las calificaciones salen un lunes y las ves el jueves, el plazo puede estar cerrado.
- Días hábiles, no naturales. Sábados, domingos y festivos no cuentan a efectos de plazos administrativos. Esa regla general está en el artículo 30 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común, no en la convocatoria. Cuenta los días con el calendario oficial delante y no de cabeza.
- La petición se dirige por escrito al Presidente del Tribunal de Selección. La convocatoria identifica el destinatario. En el material que manejo no aparece ni la dirección exacta de presentación ni un modelo de escrito, así que eso hay que sacarlo del propio anuncio del Tribunal.
Esta ventana cubre las cinco pruebas escritas, y son cinco filtros independientes: ortografía y gramática se califican apto o no apto y se suspenden con seis o más respuestas erróneas cada una; conocimientos generales pide 50 puntos sobre 100; inglés, 8 sobre 20; aptitudes intelectuales, 12 sobre 30. Si el número que te chirría es uno de esos umbrales, tu ventana es esta y dura tres días.
En 2026 el Tribunal publicó los resultados provisionales el 17 de julio y los definitivos el 24 de julio. Entre una fecha y otra hubo una corrección de plantilla que cambió la respuesta correcta de dos preguntas. Eso pasa, y es una de las razones por las que la revisión existe.
Bases 7.4 a 7.8 y 7.11 de la Resolución 160/38243/2026 (BOE-A-2026-9982). Las fechas de julio de 2026 y la corrección de plantilla proceden de las resoluciones del Tribunal de Selección publicadas conforme a la base 4.11 en la web de la Guardia Civil, no del BOE: son datos de este proceso y no sirven de referencia para otra convocatoria.
Si quieres entender qué viene después de la corrección y en qué momento se cierra cada lista, lo tienes desglosado en la guía de qué pasa después del examen de la Guardia Civil.
Diez días hábiles para el baremo, y por qué es la ventana que más se pierde
La base 3.4 es la más generosa de las cuatro y la que menos gente aprovecha:
[…] declarando aprobada la lista de admitidos […] con expresión de la calificación otorgada en la fase de concurso, señalando un plazo de diez (10) días hábiles para subsanar los defectos […] los errores en la asignación de la puntuación de la fase de concurso, o para efectuar las reclamaciones.
Esa lista hace tres trabajos a la vez. Te dice si estás dentro, te dice cuántos puntos de baremo te han reconocido y abre el único plazo para discutir ambas cosas.
El motivo de que se pierda tanto es sencillo. Sale cuando todavía estás estudiando, la fase de concurso no es eliminatoria y no tiene nota mínima, y resulta fácil archivar el aviso pensando que ya lo mirarás. Diez días después, esos puntos son los que son. Y pesan: el concurso reparte hasta 45 puntos que se suman a la nota del examen para ordenar quién pasa a las pruebas de aptitud psicofísica.
Un error de baremo vale más de lo que parece. Un idioma a C1 que no te han contado son 7 puntos, y con la lista apretada eso mueve miles de posiciones. Antes de reclamar, comprueba apartado por apartado qué te correspondía con la tabla completa de la fase de concurso y sus 45 puntos.
Hay un matiz que evita sustos innecesarios. Si el Tribunal te pide la documentación justificativa de un mérito y no la presentas, te restan esos puntos y sigues en el proceso: la base 3.2.1 b) dice que "les serán detraídos los puntos correspondientes". La excepción es la titulación de acceso, donde no acreditarla anula todas tus actuaciones.
Bases 3.2.1 y 3.4 y Apéndice I de la Resolución 160/38243/2026 (BOE-A-2026-9982). El tope de 45 puntos de la fase de concurso y la escala de idiomas son los de esta convocatoria; verifica los de la tuya cuando se publique.
El no apto provisional de la entrevista se revisa ante una Junta de psicólogos
La entrevista personal se califica de una de estas dos maneras: apto o no apto provisional. Ese adjetivo, provisional, es la puerta.
El no apto provisional se revisa ante una Junta de Revisión formada por psicólogos. Y la consecuencia de quedarse quieto la dice la base 8.2 sin rodeos: quien no solicita la revisión dentro del plazo establecido, o quien la solicita y ve confirmado el resultado, pasa a no apto definitivo y queda excluido del proceso selectivo.
Mi fuente no transcribe el número de días de esa ventana, así que no te lo voy a inventar. Lo que sí sé es que existe y que dejarla pasar equivale a quedar fuera. Cuando te comuniquen el resultado, lo primero que tienes que localizar en el documento es el plazo.
Dos datos ayudan a entender qué se puede discutir. La entrevista valora seis competencias fijadas por el Jefe de la Jefatura de Enseñanza (adecuación a normas y código de conducta, responsabilidad y madurez, espíritu de sacrificio y abnegación, autocontrol, habilidades sociales y de comunicación, y adaptación), y el cuestionario BIODATA que se rellena antes no es puntuable. Además, la convocatoria admite que los datos del psicotécnico se usen de forma instrumental en la valoración, pero añade que en ningún caso el resultado de la entrevista vendrá condicionado o vinculado de modo exclusivo al resultado de esa prueba.
Bases 6.1.3 b) y 8.2 de la Resolución 160/38243/2026 (BOE-A-2026-9982). Los criterios concretos de valoración de las seis competencias no se publican. El extracto de la base 8.2 que manejo no fija el número de días para pedir la revisión: consúltalo en la comunicación del resultado.
En el médico, no apto y no apto circunstancial abren caminos distintos
El reconocimiento médico admite tres calificaciones, y las dos negativas se parecen tanto en el nombre que se confunden a diario.
- No apto. Se revisa ante la Junta Médica de Revisión, y el plazo para pedirlo es de tres días hábiles.
- No apto circunstancial. Da derecho a un segundo reconocimiento ante esa misma Junta Médica de Revisión. Responde a una situación que puede cambiar y no a una exclusión firme.
Un detalle práctico del día de la prueba: te presentas en ayunas y con retención de orina, y solo valen las analíticas realizadas en ese reconocimiento. Llevar resultados propios no sustituye a los suyos.
Bases 6.1.3 c) y 8.3 de la Resolución 160/38243/2026 (BOE-A-2026-9982). El cuadro médico aplicable es el del anexo I de la Orden PCI/155/2019, modificado varias veces: consúltalo siempre en su texto consolidado.
Ponte a prueba con un caso de plazos
Pregunta Rápida
Suspendes ortografía con seis fallos y, al revisar tus papeles, ves que en el baremo no te contaron el C1 de francés que alegaste. ¿Puedes meter las dos cosas en el mismo escrito de revisión?
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Qué pasa si dejas pasar el plazo
Cada ventana tiene su propia consecuencia, y no todas pesan igual.
- Pruebas escritas. La calificación sigue su curso hacia los resultados definitivos. La convocatoria no prevé una segunda revisión de la misma prueba dentro del proceso selectivo.
- Fase de concurso. Los puntos reconocidos en la lista quedan fijados y se suman así a tu nota final. No hay exclusión por esto, tampoco recuperación.
- Entrevista personal. Es la más severa. No pedir la revisión en plazo convierte el no apto provisional en no apto definitivo, con exclusión del proceso.
- Reconocimiento médico. Pasados los tres días hábiles, el no apto queda sin revisar.
Y una advertencia que no es un plazo de reclamación pero funciona igual de rápido: las pruebas se convocan en único llamamiento, y la no presentación supone la exclusión del proceso "sea cual fuere la causa que al respecto pueda alegarse". La convocatoria lo dice así de tajante. No hay reclamación que arregle una ausencia.
Bases 6.2, 7.11, 8.2 y 8.3 de la Resolución 160/38243/2026 (BOE-A-2026-9982). Esta convocatoria estaba en vigor y sin corrección de errores a la fecha de este artículo; comprueba su vigencia antes de apoyarte en ella.
Qué hacer hoy si crees que tu nota está mal
Tres pasos, por orden.
- Identifica la ventana. Mira el nombre del documento que has recibido. Si dice "calificaciones", son tres días. Si dice "lista provisional de admitidos", son diez. Si es un resultado de entrevista o de reconocimiento médico, el camino es la Junta correspondiente.
- Localiza la fecha de publicación, que es la que cuenta. No la fecha en que lo leíste.
- Presenta el escrito aunque no tengas todavía toda la documentación. El plazo no se detiene mientras reúnes papeles.
Las publicaciones del proceso salen por los medios que fija la base 4.11 de la convocatoria, y la web de la Guardia Civil sobrescribe esos anuncios en cada actualización. Descarga y guarda cada resolución el día que salga, con su fecha visible. Si algún día tienes que discutir un plazo, ese archivo es tu prueba.
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Preguntas Frecuentes
¿Cuánto tiempo tengo para reclamar la nota del examen de la Guardia Civil?
Tres días hábiles. La base 7.11 de la convocatoria dice que la petición de revisión se presenta "en el plazo de tres (3) días hábiles, contados a partir de la publicación de las calificaciones". El cómputo arranca con la publicación oficial de esas calificaciones por el Tribunal de Selección, no con el día en que tú las miras, así que si te enteras el jueves de algo publicado el lunes puedes tener el plazo agotado. La petición se dirige por escrito al Presidente del Tribunal de Selección. Es una ventana de un solo uso: la convocatoria no prevé una segunda revisión de la misma prueba dentro del proceso selectivo.
¿Cómo se reclama un error en la puntuación del baremo de méritos?
Con la lista provisional de admitidos delante. Esa lista se publica ya "con expresión de la calificación otorgada en la fase de concurso" y abre un plazo de diez días hábiles para tres cosas a la vez: subsanar los defectos que hayan motivado tu exclusión, corregir los errores en la asignación de la puntuación de la fase de concurso y presentar reclamaciones. Lo dice la base 3.4 de la convocatoria. Es la ventana más larga de las cuatro y también la que más gente pierde, porque la lista sale meses antes del examen, cuando nadie está pendiente de puntos de baremo.
¿Qué puedo hacer si me declaran no apto provisional en la entrevista personal?
Pedir la revisión. La entrevista personal se califica como apto o no apto provisional, y el no apto provisional se revisa ante una Junta de Revisión formada por psicólogos, según la base 8.2. La consecuencia de quedarse quieto es definitiva: quien no solicita esa revisión dentro del plazo establecido, o quien la solicita y la Junta confirma el resultado, queda declarado no apto definitivo y excluido del proceso selectivo. La convocatoria no publica los criterios concretos de valoración de las seis competencias que se miden en la entrevista, así que la revisión se pide sobre el resultado y no sobre una nota numérica.
¿Es lo mismo un no apto que un no apto circunstancial en el reconocimiento médico?
No. El reconocimiento médico admite tres calificaciones: apto, no apto y no apto circunstancial. El no apto se puede revisar ante la Junta Médica de Revisión en un plazo de tres días hábiles, según la base 8.3. El no apto circunstancial funciona distinto: da derecho a un segundo reconocimiento ante esa misma Junta Médica de Revisión, porque responde a una situación que puede cambiar y no a una causa de exclusión firme. Conviene leer con calma el documento que te entreguen, porque las dos calificaciones se parecen mucho en el nombre y abren caminos diferentes.
¿Me excluyen si no acredito un mérito que alegué en la inscripción?
No quedas excluido: te restan los puntos. La base 3.2.1 b) dice que a quienes no presenten la documentación justificativa en el momento indicado "les serán detraídos los puntos correspondientes", sin perjuicio de la responsabilidad en que se pueda incurrir por falsedad. Es distinto de la titulación de acceso, regulada en la base 3.2.1 a), donde no acreditarla sí anula todas las actuaciones. Y ojo al orden inverso: lo que no se alegó en la inscripción telemática no se puede añadir después, ni siquiera dentro del plazo de reclamaciones de la lista provisional.
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