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Convocatorias 2026

Tu plaza en el Cuerpo Nacional de Policía

2.854 plazas convocadas en 2026 (2.704 Escala Básica + 150 Escala Ejecutiva). Examen Escala Básica finales de septiembre 2026; Ejecutiva en noviembre 2026.

Última verificación oficial: 8 de mayo de 2026

Fuentes: fuente 1 · fuente 2 · fuente 3 · fuente 4

Sueldo Aprox.

1.900€ - 3.200€ neto/mes (según escala y antigüedad)

Plazas

2.854 plazas (2.704 Escala Básica + 150 Escala Ejecutiva, OEP 2026)

Dificultad

Media-Alta

Nuevo

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*Prueba a pedir una pregunta sobre: "Derecho Penal - Detención policial y lectura de derechos"

¿En qué consiste esta oposición?

El Cuerpo Nacional de Policía es uno de los dos grandes cuerpos policiales del Estado (junto con la Guardia Civil), competente principalmente en zonas urbanas: protección ciudadana, policía judicial, extranjería, información, juego, droga y crimen organizado. Convocatoria 2026 con 2.854 plazas (2.704 Escala Básica + 150 Ejecutiva). La Escala Básica solo requiere Bachiller; la Ejecutiva, Grado universitario y permite acceder directamente como Inspector con responsabilidad de mando. Salario competitivo desde el primer día, múltiples especialidades (Policía Judicial, GEAS, TEDAX, Información, GEO) y carrera profesional con ascensos por antigüedad y méritos.

Requisitos de Acceso

  • Nacionalidad española.
  • Tener cumplidos 18 años y no exceder la edad máxima de jubilación.
  • Titulación: Bachiller o equivalente (Escala Básica) / Grado universitario (Escala Ejecutiva).
  • Estatura mínima: 1,65 m hombres / 1,60 m mujeres (algunas convocatorias lo eliminan o reducen).
  • Compromiso de portar armas y permiso de conducción clase B.
  • No haber sido condenado por delito doloso.

¿Cómo es el examen?

Pruebas físicas (eliminatorias)

Circuito de agilidad, dominadas/suspensión en barra, carrera de 1.000 metros y natación de 50 metros. Baremos diferenciados por sexo y edad. Eliminatorio.

Examen de conocimientos (Escala Básica) — finales sept 2026

Test sobre el temario jurídico-policial (Constitución, Derecho Penal, Procesal, Seguridad Ciudadana, Extranjería). Penalización por error.

Test psicotécnico y de personalidad

Pruebas estandarizadas de aptitudes (verbal, numérico, espacial, abstracto) y de personalidad. CIB (test de inteligencia general).

Prueba de ortografía y vocabulario

Específica para Escala Básica. Evalúa correcta redacción y precisión léxica imprescindible para atestados policiales.

Reconocimiento médico

Cuadro de exclusiones médicas oficial (visión, audición, patologías cardiovasculares y otras). Eliminatorio.

Temario oficial

Programa oficial publicado en el BOE de la convocatoria. Los 45 temas con su numeración real.

  1. 1El Derecho: concepto y acepciones. Las normas jurídicas positivas: concepto, estructura, clases y caracteres. El principio de jerarquía normativa. La persona en sentido jurídico: concepto y clases; su nacimiento y extinción; capacidad jurídica y capacidad de obrar. Adquisición, conservación y pérdida de la nacionalidad española. El domicilio. La vecindad civil.
  2. 2La Constitución Española (I): estructura y caracteres de la Constitución Española de 1978. Los valores de la Constitución. Los principios del régimen constitucional: Estado democrático, Estado de derecho, Estado social, Monarquía parlamentaria y Estado autonomista. Los derechos y deberes fundamentales establecidos en la Constitución: especial referencia a los derechos fundamentales y libertades públicas, así como, alas garantías de los mismos y a la suspensión de los derechos y libertades. El Defensor del Pueblo.
  3. 3La Constitución Española (II): De la Corona. De las Cortes Generales. Del Gobierno y la Administración. De las relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales. Del Poder Judicial. De la organización territorial del Estado. Del Tribunal Constitucional. De la reforma constitucional.
  4. 4La Unión Europea: referencia histórica. El Derecho derivado. Instituciones más importantes de la Unión Europea. La cooperación policial internacional. Especial referencia al Tribunal Europeo de Derechos Humanos y el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
  5. 5La organización y funcionamiento de la Administración General del Estado: Principios de organización, funcionamiento y relaciones con los ciudadanos; órganos superiores y órganos directivos en la organización central. El Gobierno: composición, organización y funciones; el Gobierno en funciones.
  6. 6Los funcionarios públicos: concepto y clases. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario.
  7. 7El Ministerio del Interior: estructura orgánica básica. La Secretaría de Estado de Seguridad: estructura y funciones.
  8. 8La Dirección General de la Policía. Estructura orgánica y funciones de los servicios centrales y territoriales de la Policía Nacional. La Policía Nacional: funciones, escalas y categorías; sistemas de acceso; régimen disciplinario y situaciones administrativas.
  9. 9La Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad: disposiciones generales; principios básicos de actuación; disposiciones estatutarias comunes. De las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado: los derechos de representación colectiva; el Consejo de Policía; organización de las unidades de Policía Judicial; de las Policías de las Comunidades Autónomas; de la colaboración y coordinación entre el Estado y las Comunidades Autónomas; de las Policías Locales.
  10. 10Entrada, libre circulación y residencia en España de ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea y de otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo. Derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social. La entrada y salida del territorio español. La autorización de estancia y de residencia.
  11. 11De las infracciones en materia de extranjería y su régimen sancionador. Tipos de infracciones: infracciones leves, infracciones graves e infracciones muy graves. Sanciones. Prescripción de las infracciones y de las sanciones. Efectos de la expulsión y devolución. Efectos de la denegación de entrada.
  12. 12La protección internacional. Reglas procedimentales para el reconocimiento de la protección internacional. De los menores y otras personas vulnerables. Centros de acogida a refugiados. Apátridas y desplazados.
  13. 13Disposiciones generales en materia de seguridad privada en España. Coordinación. Empresas de seguridad privada y despachos de detectives privados. Personal de seguridad privada. Servicios y medidas de seguridad.
  14. 14La Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la seguridad ciudadana. Disposiciones generales. Documentación e identificación personal. Actuaciones para el mantenimiento y restablecimiento de la seguridad ciudadana. Potestades especiales de policía administrativa de seguridad. Régimen sancionador.
  15. 15Medidas para la Protección de Infraestructuras Críticas. El Catálogo Nacional de Infraestructuras Críticas. El Sistema de Protección de Infraestructuras Críticas. Ciberseguridad.
  16. 16Derecho Penal Parte General: concepto. Principios informadores del Derecho Penal. La infracción penal. Concepto material de delito. Grados de ejecución del delito. Personas físicas y jurídicas criminalmente responsables. Las consecuencias jurídicas de la infracción penal. Vigencia temporal y espacial de la Ley Penal. La edad penal y sus efectos. Circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal.
  17. 17Derecho Penal Especial: Del homicidio y sus formas. Del aborto. De las lesiones. Delitos contra la libertad. De las torturas y otros delitos contra la integridad moral. Delitos contra la libertad sexual.
  18. 18Delitos contra el patrimonio y contra el orden socioeconómico. El hurto. El robo. La extorsión. Robo y hurto de uso de vehículos a motor. Usurpación. De las defraudaciones: estafas; apropiación indebida; defraudaciones de fluido eléctrico y análogo.
  19. 19Delitos contra el orden público: de los atentados contra la autoridad, sus agentes y los funcionarios públicos, resistencia y desobediencia. Desórdenes públicos. Disposición común. Tenencia, tráfico y depósito de armas, municiones o explosivos.
  20. 20Delitos informáticos. Especial consideración al derecho a la intimidad. La prueba digital en el proceso penal.
  21. 21Noción de Derecho Procesal Penal. Concepto de jurisdicción y de competencia. Los órganos de la jurisdicción penal. Concepto de denuncia y la obligación de denunciar. La detención: concepto y duración. La obligación de detener. Los derechos del detenido. El procedimiento de habeas corpus. Procedimiento integral de la detención policial. El Ministerio Fiscal: funciones. La Policía Judicial.
  22. 22La Ley 4/2015, de 27 de abril, del Estatuto de la víctima del delito. Ámbito. Concepto general de víctima. Derechos básicos. Protección de las víctimas. Medidas de protección a la víctima.
  23. 23Políticas de igualdad, protección y no discriminación en la AGE. La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. Los Planes para la igualdad en la Administración General del Estado y en sus organismos públicos. Políticas contra la violencia de género. La Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género. Políticas de integración de las personas con discapacidad. La Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia. Ley 4/2023, de 28 de febrero, para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI.
  24. 24Introducción a la Prevención de Riesgos Laborales. Concepto general de trabajo. Concepto de salud y condiciones de trabajo. El trabajo y la salud. Concepto general de riesgos Laborales. Principios generales de la actividad preventiva. Conceptos de prevención y protección. Consecuencia de los riesgos. Daños a la salud.
  25. 25Marco normativo básico en prevención de riesgos laborales. La Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales. RD 39/1997, Reglamento de los servicios de prevención. El RD 2/2006, sobre Prevención de Riesgos Laborales en los funcionarios del Cuerpo Nacional de Policía. El RD 67/2010 sobre adaptación de la Prevención de Riesgos Laborales en la Administración General del Estado. Derechos y deberes básicos en materia de Prevención de Riesgos laborales.
  26. 26La protección de datos de carácter personal: la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. Ley Orgánica 7/2021, de 26 de mayo, de protección de datos personales tratados para fines de prevención, detección, investigación y enjuiciamiento de infracciones penales y de ejecución de sanciones penales. B) Ciencias Sociales
  27. 27Derechos Humanos. Declaración Universal de Derechos Humanos. Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y Libertades Fundamentales. Convenio contra la Tortura. Protocolo facultativo de la Convención contra la tortura. Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura del Defensor del Pueblo.
  28. 28Globalización y antiglobalización. Conceptos y características. Consecuencia de la globalización. Reacciones a la globalización. El Movimiento Antiglobalización: Organizaciones, objetivos e historia. El Foro Social Mundial.
  29. 29Actitudes y valores sociales. Formación de las actitudes: concepto, componentes y funciones. Estereotipos, prejuicios y discriminación. Actitudes de la personalidad autoritaria: xenofobia y dogmatismo. Los grupos sociales.
  30. 30Principios éticos de la sociedad actual. Transmisión de valores en la sociedad actual: proceso de socialización. Libertad responsabilidad. Igualdad - solidaridad. Tolerancia. Contravalores, reacciones sociales a los valores mayoritarios: Racismo, fanatismo, fundamentalismo, sectarismo, hooliganismo. Especial consideración de los delitos de odio.
  31. 31Inmigración. Movimientos migratorios: concepto y causas de las migraciones. Tipos y efectos. Las grandes migraciones a través de la historia. Las migraciones en la actualidad. Integración social: factor esencial de la cohesión social.
  32. 32Concepto de geografía humana. La ciudad, corrientes de estudio de la misma. Población, estructura y grupos sociales. La demografía: densidad demográfica, tasas de natalidad y mortalidad, crecimiento vegetativo. La sociedad de masas. Contaminación y protección del medio ambiente.
  33. 33La seguridad. Concepto. Seguridad individual y seguridad colectiva. Seguridad pública y seguridad privada. La inseguridad. Teorías explicativas de la delincuencia: concepto, modelos explicativos y clases de delincuencia.
  34. 34Drogodependencias. Conceptos de droga, consumidor, métodos de administración, adicción, dependencia, tolerancia, politoxicomanías. Clasificación de las drogas. Últimas tendencias en el consumo de drogas en nuestra sociedad.
  35. 35El desarrollo sostenible. Concepto. Coordinación y cooperación internacional. Sociedad y desarrollo sostenible. Instrumentos de gestión ambiental.
  36. 36Gramática de la lengua española. Morfología. Sufijos, sustantivos y pronombres. Adjetivos: sus grados y tipos. Los adverbios y sus tipos. Verbos: modos y conjugación. Preposiciones y conjunciones. Sintaxis. La oración: partes y tipos. Análisis sintáctico.
  37. 37Ortografía de la lengua española. Reglas ortográficas. Uso de las letras o grafemas. Uso de la tilde, de los signos ortográficos y de las letras mayúsculas y minúsculas. Representación gráfica de las unidades léxicas. Ortografía de las expresiones procedentes de otras lenguas, de nombres propios y expresiones numéricas. C) Materias Técnico-Científicas
  38. 38Fundamentos de sistemas operativos: Funciones de un sistema operativo. Tipologías: MS/DOS; UNIX; Linux; Windows; MAC OS. Sistemas operativos móviles: iOS, Android. Sistemas de almacenamiento. Sistemas de archivos.
  39. 39Redes informáticas: Modelo OSI. Modelo TCP/IP. Dispositivos de red: Concentradores (hubs); conmutadores (switches); encaminadores (routers); cortafuegos (firewall); servidores DHCP; servidores DNS; servidores proxy. Direccionamiento IP: clase de redes; IPv4; IPv6.
  40. 40Inteligencia: dato, información e inteligencia. Tipologías de Inteligencia. Ciclo de la Inteligencia. Inteligencia de Fuentes Abiertas (OSINT). Surface Web. Deep Web. Dark Web. Dark Net.
  41. 41Ciberdelincuencia y agentes de la Amenaza: Botnet; Business E-mail Compromise; Cartas nigerianas; Cryptojacking; Denegación de servicio; Ingeniería social; Inyección SQL; Malware; Pharming; Phishing; Spear phishing; Ransomware; Skimming; Spoofing; Spyware, Troyano; XSS; Zero-day. Cibercriminales. Crimen as Service. Hacktivistas. Insider threat. APTs. Cyber Kill Chain.
  42. 42Origen de las armas de fuego. Definición, clasificación, categorías y funcionamiento de las armas de fuego: especial referencia al reglamento de armas. Cartucho: definición y componentes. Armas prohibidas. Documentación que ampara la tenencia y porte de armas. Balística forense.
  43. 43El vehículo prioritario. Definición de vehículo prioritario. Facultades de los conductores de vehículos prioritarios. Comportamiento de los demás conductores respecto de los vehículos prioritarios. La conducción de vehículos en situación de emergencia. Utilización de las señales de emergencia.
  44. 44La Seguridad en la Conducción de Vehículos Prioritarios. Definición de Seguridad Activa y Pasiva. Sistemas de Seguridad Activa y Pasiva en vehículos tipo turismo y motocicleta. Influencia de los Sistemas de Seguridad en los accidentes de tráfico. Repercusión de los Sistemas de Seguridad en la conducción policial y traslado de detenidos.
  45. 45Prevención de Riesgos Laborales en Seguridad Vial. Factores del Tráfico y su influencia en la siniestralidad vial. Factor Humano, Factor Ambiental y Factor Vehículo. Riesgos Laborales en la conducción de vehículos prioritarios. Equipos de Protección Individual del conductor y pasajeros de vehículos policiales. Estrategias y mantenimiento preventivo del vehículo prioritario. ANEXO II A) Descripción de las pruebas de aptitud física Primer ejercicio (Hombres y Mujeres) Objetivo: Medir la agilidad de movimientos del ejecutante. Posición inicial: Detrás de la línea de partida, en posición de salida de pie. El lugar de salida es opcional a derecha o izquierda de la valla. Es obligatorio el uso de calzado deportivo. Por debajo de la valla ____ Por encima de la valla ------ Ejecución: Se ordenará «listo»…» «ya», ya esta señal, se deberá realizar el recorrido hasta completarlo en la forma que se indica en el gráfico, siguiendo las reglas descritas. Reglas: 1. El recorrido debe realizarse de la forma indicada en el gráfico. 2. Se valorará el tiempo invertido en segundos y décimas de segundo, contando desde la voz de «ya», hasta que el opositor toca el suelo con uno o los dos pies, habiendo superado con la totalidad del cuerpo la última valla. 3. Se realizará un intento. Únicamente podrá realizar un segundo intento el opositor que haya incurrido en nulo en el primero. 4. Superar el tiempo máximo establecido (11’7 s ó más para hombres y 12’8 s ó más para mujeres) supone la eliminación. Intento nulo: Será nulo todo intento en el que el opositor: 1. Modifique el recorrido señalado en el gráfico. 2. Derribe o se apoye en alguno de los elementos del circuito, oagarre voluntariamente cualquiera de los elementos. Segundo ejercicio (Hombres) Objetivo: Medir la fuerza resistencia de los principales músculos dorsales, flexores de los brazos y la cintura escapulo-humeral. Posición inicial: Suspendido de la barra con palmas al frente (agarre prono) y total extensión de brazos, cuerpo extendido y totalmente estático, perpendicular al plano del suelo. La anchura del agarre será siempre ligeramente superior a la anchura de los hombros del opositor. Ejecución: Se ordenará el comienzo de la prueba, yel opositor deberá realizar el mayor número de dominadas posibles hasta completar el máximo, siguiendo las reglas descritas. Se permite cruzar las piernas siempre que se respeten el resto de reglas. Reglas: 1. Cada dominada debe partir de la posición inicial descrita, con los brazos completamente extendidos. 2. El cuerpo debe permanecer totalmente extendido durante la ejecución del ejercicio. 3. No se permiten oscilaciones, balanceos ni movimientos de impulso con el cuerpo en ningún momento. 4. La cabeza permanecerá en posición anatómica. 5. La barbilla debe superar claramente la barra, quedando ésta a la altura del tercio inferior del cuello. 6. Se deberá realizar una mínima pausa entre cada repetición para evitar el efecto del ciclo de estiramiento-acortamiento. 7. El opositor no podrá soltarse de la barra con ninguna de las manos durante la prueba, ni permanecer más de 5 segundos suspendido entre cada repetición. 8. No se permite realizar la prueba descalzo ni el uso de guantes, objetos o sustancias que faciliten el agarre. 9. Se dispone de un intento para superar la prueba. Intento nulo: Será nula toda dominada que incumpla cualquiera de las reglas expuestas. Segundo ejercicio (Mujeres) Objetivo: Medir la fuerza de los principales músculos flexores de los brazos y la cintura escapulo-humeral. Posición inicial: Suspendida de la barra agarrándose con ambas manos, con palmas hacia atrás (agarre supino), brazos flexionados, barbilla por encima de la barra, cuerpo extendido perpendicular al plano del suelo y totalmente estático. Ejecución: Una vez en la posición inicial, se ordenará el comienzo de la prueba, yla opositora deberá mantenerse el mayor tiempo posible en la posición descrita. Se da por finalizado el ejercicio en el momento que la barbilla se sitúe a la altura de la barra, por debajo o tenga contacto con ella. Reglas: 1. El cuerpo debe permanecer totalmente extendido durante la ejecución del ejercicio. No se permite la flexión de cadera. 2. No se permiten oscilaciones ni balanceos del cuerpo en ningún momento. 3. La cabeza permanecerá siempre en posición anatómica, no estando permitido extender la cabeza hacia atrás. 4. La barbilla debe superar claramente la barra de manera visible. 5. La opositora no podrá soltarse de la barra con ninguna de las manos durante la prueba. Tampoco podrá mover ninguna de las manos de la posición inicial de agarre. 6. No se permite realizar la prueba descalza ni el uso de guantes, objetos o cualquier sustancia que facilite el agarre. 7. Se dispone de un intento para superar la prueba. Intento nulo: Será nula toda ejecución que incumpla cualquiera de las reglas expuestas. Tercer ejercicio (Hombres y Mujeres) Objetivo: Medir la resistencia orgánica de los opositores. Posición inicial: De pie, detrás de la línea de salida. Ejecución: Se ordenará «listo»..., «ya», ya esta señal, los opositores iniciarán el recorrido hasta completar 1.000 m. Reglas: 1. La prueba se realizará en grupo. Sobre superficie lisa, plana y dura. 2. El tiempo invertido se medirá en minutos y segundos. 3. Es obligatorio el uso de calzado deportivo, no estando permitido el uso de zapatillas de clavos. 4. Si el opositor abandona la zona de carrera, será excluido. Igualmente, el opositor que realice cualquier conducta antideportiva durante la prueba quedará eliminado. 5. Se realizará un solo intento. Intento nulo: Será considerado nulo el intento que vulnere lo dispuesto en las reglas expuestas. B) Sistema de calificación Primer ejercicio Segundo ejercicio Tiempo-puntos Flexiones-puntos Tiempo-puntos (Hombres) (Mujeres) (Hombres) (Mujeres) 11,7 s ó + = 0 12,8 s ó + = 0 0 a 4 = 0 0 s a 35 s = 0 11,6 s a 11,5 s = 1 12,7 s a 12,6 s = 1 5 = 1 36 s a 40 s = 1 11,4 s a 11,3 s = 2 12,5 s a 12,4 s = 2 6 = 2 41 s a 45 s = 2 11,2 s a 11,0 s = 3 12,3 s a 12,1 s = 3 7 = 3 46 s a 51 s = 3 10,9 s a 10,6 s = 4 12,0 s a 11,7 s = 4 8 y 9 = 4 52 s a 56 s = 4 10,5 s a 10,2 s = 5 11,6 s a 11,3 s = 5 10 y 11 = 5 57 s a 62 s = 5 10,1 s a 9,8 s = 6 11,2 s a 10,9 s = 6 12 y 13 = 6 63 s a 69 s = 6 9,7 s a 9,4 s = 7 10,8 s a 10,4 s = 7 14 = 7 70 s a 77 s = 7 9,3 s a 8,9 s = 8 10,3 s a 9,9 s = 8 15 = 8 78 s a 85 s = 8 8,8 s a 8,3 s = 9 9,8 s a 9,4 s = 9 16 = 9 86 s a 94 s = 9 8,2 s ó − = 10 9,3 s ó − = 10 17 = 10 95 s ó + = 10 Tercer ejercicio Tiempo-puntos (Hombres) (Mujeres) 3 min 49 s ó + = 0 4 min 46 s ó + = 0 3 min 48 s a 3 min 43 s = 1 4 min 45 s a 4 min 37 s = 1 3 min 42 s a 3 min 37 s = 2 4 min 36 s a 4 min 28 s = 2 3 min 36 s a 3 min 31 s = 3 4 min 27 s a 4 min 19 s = 3 3 min 30 s a 3 min 25 s = 4 4 min 18 s a 4 min 10 s = 4 Tercer ejercicio Tiempo-puntos (Hombres) (Mujeres) 3 min 24 s a 3 min 19 s = 5 4 min 9 s a 4 min 1 s = 5 3 min 18 s a 3 min 13 s = 6 4 min a 3 min 52 s = 6 3 min 12 s a 3 min 7 s = 7 3 min 51 s a 3 min 43 s = 7 3 min 6 s a 3 min 1 s = 8 3 min 42 s a 3 min 34 s = 8 3 min a 2 min 55 s = 9 3 min 33 s a 3 min 25 s = 9 2 min 54 s ó − = 10 3 min 24 s ó − = 10 ANEXO III Solicitud de admisión y liquidación de las tasas de examen 1. Procedimiento de inscripción Con arreglo a lo dispuesto en el Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos, la presentación de solicitudes de admisión a las pruebas y el pago de las tasas de derechos de examen se realizará por vía telemática a través del Portal web de la Policía Nacional. La solicitud se presentará obligatoriamente por vía telemática a través del Portal web de la Policía Nacional (https://policia.es/): seleccionando Portal del Aspirante (Procesos Selectivos)/Policía Nacional Escala Básica y Escala Ejecutiva. El modelo oficial de solicitud de admisión a pruebas selectivas de ingreso en la Policía Nacional y liquidación de la tasa de derechos de examen (Modelo 790, código de tasa 088), se encuentra a disposición de los interesados una vez cumplimentado en el Portal del Aspirante/«Mis Inscripciones»/«Ver Detalle»/«Mi documentación». Para acceder a este procedimiento podrá utilizar cualquiera de los métodos de identificación aceptados en la plataforma Cl@ve (DNIe/Certificado electrónico, Cl@ve PIN, Cl@ve Permanente). La presentación por esta vía permitirá: – Autenticación mediante Cl@ve o DNI. – Inscripción en línea en modelo oficial (obligatorio). – Pago telemático de las tasas, si procede (obligatorio). – Firma electrónica de la solicitud (obligatorio). La firma electrónica genera automáticamente el registro electrónico de la solicitud. – Anexar documentos a la solicitud (para reducciones y exenciones de tasas). – Modificación, durante el plazo de inscripción, de la solicitud registrada. Los interesados deberán seguir los pasos e instrucciones que el Portal del Aspirante les vaya indicando y pueden consultar el estado de su expediente en el apartado «Mis Inscripciones». Una vez finalizado el plazo de inscripción, la subsanación de la solicitud, en su caso, durante el plazo otorgado a estos efectos, se realizará telemáticamente a través del Portal del Aspirante y solamente permitirá adjuntar la documentación relacionada con la causa de exclusión y que se requiere para legitimar la subsanación. Si una incidencia técnica debidamente acreditada imposibilitara el funcionamiento ordinario de los sistemas, el órgano convocante podrá acordar la ampliación del plazo de presentación de solicitudes o la cumplimentación y presentación sustitutoria, lo que, en su caso, se publicará, en el propio portal del aspirante. La solicitud de participación en el proceso selectivo lleva implícita la autorización para que la División de Formación y Perfeccionamiento recabe, respecto de la persona interesada, los antecedentes que de la misma puedan obrar en el Registro Central de Penados; de la Dirección General de Tráfico del permiso de conducción requerido en la convocatoria y fecha de expedición del mismo; sus datos del Sistema de Verificación de Datos de Identidad; del Ministerio de Universidades, la consulta y verificación de sus titulaciones universitarias; de las Comunidades Autónomas, sus datos de escolarización; así como sus datos sobre matrículas universitarias obrantes en la Conferencia de Rectores de la Universidades Españolas. No obstante, sin perjuicio de firmar la instancia y en documento unido a la misma, se podrá manifestar la voluntad expresa contraria a dicha autorización. La solicitud solo producirá efectos una vez cumplimentada (modelo 790), firmada electrónicamente y con el pago telemático realizado dentro del citado plazo. 2. Tasa por derechos de examen El importe de la tasa, tarifa primera, asciende a quince euros con cincuenta y siete céntimos (15,57 €) y será satisfecho dentro del plazo establecido para la formalización de la solicitud, mediante la pasarela de pago de la Agencia Estatal de Administración Tributaria a través de cualquier entidad de depósito (bancos, cajas de ahorro, etc.) que preste servicios de colaboración en la recaudación de las tasas que constituyen recursos del presupuesto del Estado, utilizando para ello el impreso 790, código de tasa 088 citado. Requisitos para el pago telemático: 1. Disponer de Número de Identificación Fiscal (NIF). 2. Disponer de documento nacional de identidad electrónico o de firma electrónica avanzada, basada en un certificado de usuario admitido por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria como medio de identificación y autentificación en sus relaciones telemáticas con los contribuyentes. A estos efectos, serán válidos los certificados de usuario X.509.V3, expedidos por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda, al amparo de la normativa tributaria, así como los emitidos por las autoridades de certificación publicadas en la página web de la Agencia Tributaria (oficina virtual), admitidos para el uso de firma electrónica en las relaciones tributarias por medios electrónicos, informáticos y telemáticos con la Agencia Estatal de Administración Tributaria, según dispone la Orden HAP/800/2014, de 9 de mayo, por la que se establecen normas específicas sobre sistemas de identificación y autenticación por medios electrónicos con la Agencia Estatal de Administración Tributaria. 3. Tener una tarjeta o cuenta abierta, anombre de la persona aspirante, en una entidad colaboradora en la gestión recaudatoria que se haya adherido al sistema previsto en la Resolución de 3 de junio de 2009, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, sobre asistencia a los obligados tributarios y ciudadanos, en su identificación telemática ante las entidades colaboradoras, con ocasión de la tramitación de procedimientos tributarios, yque aparezca en la relación de entidades que se muestre en la opción de pago de la «oficina virtual» de la página web de la Agencia Estatal de Administración Tributaria. Pago de las tasas por vía telemática: 1. El modelo de autoliquidación es el ya citado 790, que se encuentra a disposición de los/as interesados/as en el portal del aspirante. Se deberán cumplir los requisitos establecidos en el apartado tercero 2.d de la Orden HAC/729/2003, de 28 de marzo, requisitos que se detallan en el apartado cuarto de la misma. 2. El pago telemático de la tasa por derechos de examen tendrá carácter obligatorio. 3. Para realizar el pago telemático de estas tasas autoliquidables, el/la obligado/a al pago o sujeto pasivo deberá seguir las instrucciones que se le indican en el Portal del Aspirante, cumplimentar el formulario correspondiente, yrealizar el pago conforme a lo establecido en el apartado cuarto de la Orden HAC/729/2003, de 28 de marzo. 4. Los servicios telemáticos de la Dirección General de la Policía, conectarán al/la interesado/a a través de su pasarela de pagos con la Agencia Estatal de Administración Tributaria, para que lleve a cabo todos los pasos necesarios para completar el pago. 5. Una vez efectuado el pago, la entidad colaboradora generará el Número de Referencia Completo (NRC), que será enviado a la Dirección General de la Policía, la cual generará, para que el/la interesado/a lo pueda imprimir, el modelo de autoliquidación cumplimentado y pagado, en el que figurará el Número de Referencia Completo (NRC), que le servirá como justificante del pago de la tasa. De acuerdo con el apartado sexto de la Resolución de 9 de mayo de 2011, de la Secretaría de Estado para la Función Pública, por la que se aprueba el modelo de impreso sobre solicitud de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación de la tasa de derechos de examen y se dictan instrucciones complementarias sobre su aplicación, quienes se inscriban o presenten su solicitud en el extranjero, deberán efectuar el ingreso en la cuenta restringida siguiente: Título de la cuenta: Tesoro público. Ministerio del Interior. Tasas recaudadas en el extranjero; Entidad: BBVA. Oficina institucional. Calle Goya, 14. Madrid-28001. Código Internacional de cuenta bancaria: IBAN ES10; Número de cuenta: 0182 2458 10 0200006043. 3. Devolución de la tasa de examen De conformidad con lo establecido en el artículo 12 de la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos, procederá la devolución de las tasas que se hubieran exigido, cuando no se realice su hecho imponible por causas no imputables al sujeto pasivo. Por tanto, no procederá devolución alguna de los derechos de examen en los supuestos de exclusión de las pruebas selectivas por causa imputable al/la interesado/a. En aquellos casos en que, con arreglo a lo dispuesto en la normativa vigente, proceda la devolución de ingresos indebidos de la tasa, será necesario, para instar la devolución, solicitud expresa de la persona interesada en la que deberán figurar inexcusablemente los siguientes datos: nombre y apellidos, NIF, domicilio y CCC (veinte dígitos), adonde ha de realizarse la transferencia bancaria de devolución, acompañando al original de la solicitud el «ejemplar para la persona interesada» del impreso modelo 790. 4. Exentos del pago de tasa 1.º Las personas que figuren como demandantes de empleo durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de publicación de la presente convocatoria. Serán requisitos para el disfrute de la exención, que en el plazo de que se trate no hubieran rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesional y que, asimismo, carezcan de rentas superiores en cómputo mensual, al salario mínimo interprofesional. La certificación relativa a la condición de demandante de empleo, con los requisitos señalados, se solicitará en la correspondiente oficina de los servicios públicos de empleo. En cuanto a la acreditación de las rentas se realizará mediante una declaración jurada o promesa suscrita por el/la solicitante, que se generará y firmará de forma automática por el sistema. 2.º Quienes sean miembros de familia numerosa clasificada en la «categoría especial», deberán acreditarlo mediante copia auténtica del título oficial, en vigor, acreditativo de tal condición y expedido por la correspondiente comunidad autónoma. 3.º Las víctimas del terrorismo, entendiendo como tales, las personas que hayan sufrido daños físicos o psíquicos como consecuencia de la actividad terrorista y así lo acrediten mediante sentencia judicial firme o en virtud de resolución administrativa por la que se reconozca tal condición, su cónyuge o persona que haya convivido con análoga relación de afectividad, el cónyuge de la persona fallecida y los hijos e hijas de las personas heridas y fallecidas. 5. Bonificaciones Tendrán una bonificación del cincuenta por ciento en el pago de la tasa por derechos de examen, quienes acrediten la condición de familia numerosa clasificada en «categoría general», por lo que el importe de la tasa será de siete euros con setenta y nueve céntimos (7,79 €); para ello deberán aportar copia auténtica del título oficial, en vigor, acreditativo de tal condición y expedido por la correspondiente comunidad autónoma. Las personas exentas del pago de tasa o que tengan derecho a la bonificación, consecuente con lo dispuesto sobre el plazo para el pago de la tasa de examen, deberán presentar los documentos acreditativos de la exención o de la bonificación dentro del plazo de presentación de solicitudes de participación en el proceso, anexando la documentación a través del Portal del Aspirante. ANEXO IV Cuadro de exclusiones médicas para ingreso en la Policía Nacional (Real Decreto 326/2021, de 11 de mayo) Cuadro médico de exclusiones A. Motivos generales de exclusión 1. Procesos que imposibiliten la realización de las pruebas físicas en los plazos prefijados, teniendo en cuenta las normas y disposiciones relativas a la protección de la maternidad, que se establezcan de conformidad con lo dispuesto la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres y el Acuerdo de Consejo de Ministros de 9 de diciembre de 2020, por el que se aprueba el III Plan para la igualdad de género en la Administración General del Estado y en los Organismos Públicos vinculados o dependientes de ella. 2. Procesos que hagan prever la incapacidad para realizar los períodos de formación adecuadamente. 3. Procesos en los que se prevea que en el futuro serán un motivo de incapacidad psicofísica permanente. 4. En la revisión de las calificaciones por resultar «no apto» o «no apta » en aplicación de alguno de los apartados de exclusión, la evaluación correspondiente abarcará aquellos del cuadro médico de exclusiones que el órgano médico pericial considere relevante, no estando limitado por las evaluaciones previas o ajenas al mismo, siendo determinantes los resultados de exploración y pruebas complementarias realizadas en el día y hora señalados para dicha prueba. 5. Las patologías que por resultar incompatible con las funciones de la Policía Nacional, yque conforme a la definición del presente cuadro médico de exclusiones sean susceptibles de valoración, serán evaluadas de forma individualizada con informe técnico emitido por la persona asesora médica designada. B. Parámetros biológicos, enfermedades y causas generales B.1 Parámetros biológicos. 1. Altura: se establecerá en función de la estatura recogida en el reglamento de procesos selectivos y formación vigente en el momento de la convocatoria y se medirá en bipedestación en tallímetro clínico y en dos ocasiones, dando por válido la mejor de ambas. No se admitirá ningún tipo de cirugía o técnica semejante (prótesis temporales o permanentes) que supongan una alteración de la altura anatómica. 2. El índice de masa corporal (IMC): no sobrepasará 28 ni será inferior a 18. Se podrán aceptar IMC superiores a 28 si objetiva y claramente se deben, no a un aumento de la grasa corporal, sino a un desarrollo muscular marcado, yno presenta patología ni factores de riesgo sobreañadidos. El cálculo del índice de masa corporal se efectuará aplicando la siguiente fórmula: IMC = P/T², donde P es el peso de la persona aspirante desnuda en kilogramos y T la talla en metros. 3. Alteraciones de la tensión arterial: la tensión arterial será eliminatoria a partir de 140 mm Hg de sistólica y/o 90 de diastólica. La toma se realizará, si fuera necesario, ypara descartar en lo posible el componente emocional o de «bata blanca», una segunda vez, ytras reposo horizontal de diez minutos. B.2 Enfermedades y causas generales. 1. Anomalías genéticas, congénitas o adquiridas que en opinión de la persona asesora especialista puedan menoscabar en el momento del examen o, previsiblemente en el futuro, la eficacia en la ejecución de las misiones encomendadas o alterar la salud del examinado. 2. Procesos endocrinometabólicos que produzcan alteraciones morfológicas o funcionales de importancia pronóstica o que requieran terapia sustitutiva continua que menoscaben la capacidad para el normal desarrollo de las funciones policiales, evaluados de forma individualizada y con informe emitido por la persona asesora médica designada. 3. Procesos y enfermedades infecciosas y parasitarias que, por la presencia de trastornos funcionales, por exigir un tratamiento continuo o por su contagiosidad menoscaben la capacidad para el normal desarrollo de las funciones policiales, evaluadas de forma individualizada y con informe emitido por la persona asesora médica designada. 4. Procesos inmunoalérgicos, de importancia pronóstica y funcional que menoscaben la capacidad para el normal desarrollo de las funciones policiales. 5. Procesos reumáticos que originen trastornos funcionales. 6. Tumores malignos y lesiones precancerosas en cualquier localización y estadio, ylos tumores benignos que por su tamaño o localización menoscaben la capacidad para el normal desarrollo de las funciones policiales. 7. Intoxicaciones crónicas que determinen trastornos anatómicos o funcionales que menoscaben la capacidad para el normal desarrollo de las funciones policiales. 8. Utilización de cualquier tipo de medicación o droga que pueda disminuir la capacidad de reacción del examinado o que funcionalmente menoscaben la capacidad para el normal desarrollo de las funciones policiales. C. Piel y tejido celular subcutáneo 1. Dermatosis extensas y generalizadas de la piel o cuero cabelludo de tendencia crónica o recidivante, oaquellas que por su localización, extensión o estado clínico interfieran con las actividades policiales o con el uso de la uniformidad o dotación profesional que menoscaben la capacidad para el normal desarrollo de las funciones policiales, evaluados de forma individualizada y con informe emitido por la persona asesora médica designada. 2. Dermopatías contagiosas. 3. Afecciones y cicatrices localizadas que afecten a la movilidad o impidan el uso del equipo reglamentario. 4. Úlceras inveteradas o con tendencia recidivante. D. Neurología y psiquiatría D.1 Neurología. 1. Cubiertas membranosas y óseas, ydel sistema vascular, que produzcan alteraciones motoras o sensitivas, que menoscaben la capacidad para el normal desarrollo de las funciones policiales. 2. Enfermedades crónicas sistematizadas, difusas o en focos, ylesiones de cualquier parte del sistema nervioso central o periférico, ode las meninges, que originen trastornos motores o sensitivos. 3. Lesiones traumáticas craneoencefálicas, vertebromedulares o de nervios periféricos y sus secuelas que determinen alteraciones morfológicas o funcionales o que menoscaben la capacidad para el normal desarrollo de las funciones policiales. 4. Epilepsia en todas sus formas. Crisis de actividad comicial (como los llamados equivalentes epilépticos y otras) con hallazgos electroencefalográficos significativos. 5. Movimientos anormales uni o bilaterales, generalizados o no. 6. Síndromes neurológicos que cursen con afectación de las funciones corticales. 7. Enfermedades metabólicas, carenciales, por tóxicos, fármacos y drogas que produzcan alteraciones de los sistemas nerviosos central y periférico. 8. Paresia, hemiparesia en cualquier localización, aguda o crónica. D.2 Psiquiatría. 1. Trastornos mentales orgánicos. 2. Trastornos mentales y del comportamiento relacionados con el consumo de tóxicos (drogas, psicotropos y/o alcohol), al igual que la evidencia de abuso de los mismos o su detección analítica en el reconocimiento. 3. Trastornos psicóticos en todas sus expresiones, incluidos los existentes en los antecedentes, aun cuando no exista producción clínica. 4. Trastornos del estado de ánimo de carácter persistente o recurrente, incluidos los existentes en los antecedentes, aun cuando se encuentren asintomáticos. 5. Trastornos de ansiedad, trastornos adaptativos, trastornos relacionados con factores estresantes y trastornos somatomorfos que menoscaben la capacidad para el normal desarrollo de las funciones policiales o adaptación al medio policial. 6. Trastornos del comportamiento asociados a disfunciones fisiológicas y/o a factores somáticos que menoscaben la capacidad para el normal desarrollo de las funciones policiales o su adaptación a las mismas. 7. Trastornos de la personalidad y del comportamiento, así como rasgos de personalidad alterados, que menoscaben la capacidad para el normal desarrollo de las funciones policiales o su adaptación a las mismas. 8. Déficits intelectivos (tomando como referencia un cociente intelectual inferior a 90) y/o alteraciones cognitivas que afecten al funcionamiento conceptual, emocional, ejecutivo y/o social, oque menoscaben la capacidad para el normal desarrollo de las funciones policiales o su adaptación a las mismas. 9. Trastornos del desarrollo mental, del comportamiento y de las emociones de comienzo habitual en la etapa infanto-juvenil con persistencia en la edad adulta, yque menoscaben la capacidad para el normal desarrollo de las funciones policiales o su adaptación a las mismas. 10. Trastornos del control de los impulsos que menoscaben la capacidad para el normal desarrollo de las funciones policiales o su adaptación al medio policial. 11. Aquellos otros trastornos mentales y de la conducta que menoscaben la capacidad para el normal desarrollo de las funciones policiales, orden público y práctica policial. E. Aparato digestivo 1. Afecciones congénitas o adquiridas de los órganos de la boca o faringe que trastornen la deglución de modo permanente. 2. Cualquier alteración de los maxilares y del aparato dentario en número, con grado o deformidad, que produzca una incorrecta implantación dentaria que pueda constituir un obstáculo en la masticación. 3. Sialorrea y fístulas salivares permanentes. 4. Afecciones del esófago que cursen con disfagia. 5. Afecciones de estómago, intestino y peritoneo con trastornos orgánicos o funcionales, excepto la enfermedad celiaca. 6. Afecciones del recto y ano que ocasionen retención, incontinencia o cualquier otra alteración que menoscaben la capacidad para el normal desarrollo de las funciones policiales. 7. Secuelas postquirúrgicas con trastornos que menoscaben la capacidad para el normal desarrollo de las funciones policiales. 8. Alteraciones de la pared abdominal incompatibles con la actividad física. Hernias de cualquier tipo y localización, incluso las pequeñas y reducibles. 9. Fístulas perineales, incluida la sacrocoxígea. 10. Hepatopatías agudas o crónicas comprobadas mediante analítica-bioquímica. Pancreatitis aguda o crónica. 11. Esplenectomía. 12. Trastornos funcionales digestivos incompatibles con el servicio. F. Aparato respiratorio 1. Malformaciones o afecciones del aparato respiratorio, mediastino y caja torácica, que determinen alteraciones morfológicas o funcionales incompatibles con las actividades policiales, entre ellas: insuficiencia respiratoria, trastorno ventilatorio o disnea a medianos esfuerzos. 2. Enfermedades del intersticio, parénquima y circulación pulmonar que determinen alteraciones morfológicas o funcionales que menoscaben la capacidad para el normal desarrollo de las funciones policiales. 3. Enfermedades obstructivas de las vías aéreas. Asma bronquial persistente. 4. Enfermedades infecciosas y parasitarias del aparato respiratorio y sus secuelas. Lesiones residuales tuberculosas que, por su tamaño, número o situación alteren la capacidad respiratoria o hagan presumible su reactivación. 5. Neoformaciones benignas y malignas del aparato respiratorio y sus secuelas. Nódulo pulmonar. 6. Enfermedades del mediastino. Enfermedades de la pleura, neumotórax y sus secuelas que determinen alteraciones morfológicas o funcionales. 7. Anomalías y disfunción diafragmática que determinen alteraciones morfológicas o funcionales. G. Cardiología y vascular 1. Alteraciones congénitas o adquiridas del corazón, mediastino, arterias o venas, osecuelas de las mismas, que alteren o puedan alterar en su evolución la normalidad funcional del aparato cardiocirculatorio. 2. Antecedentes de síncope recidivante. 3. Enfermedades valvulares. 4. Síndrome de preexcitación y todos los trastornos del ritmo y la conducción de importancia clínica. 5. Cardiopatía isquémica en cualquiera de sus manifestaciones. 6. Insuficiencia cardiaca de cualquier etiología. 7. Miocardiopatías. Enfermedades del pericardio en fase aguda, recidivantes o que presenten secuelas crónicas. 8. Portadores de marcapasos, prótesis o injertos cardiovasculares. 9. Enfermedades de los grandes vasos y fístulas arteriovenosas incluso tras corrección quirúrgica. 10. Arteriopatías periféricas que puedan producir trastornos funcionales que menoscaben la capacidad para el normal desarrollo de las funciones policiales. 11. Secuelas postflebíticas significativas, varices significativas. Linfedemas importantes. H. Aparato locomotor 1. Enfermedades, lesiones o anomalías osteomioarticulares que puedan impedir o menoscabar la función policial. 2. Pérdida total o parcial de una extremidad. 3. Alteración anatómica o funcional de una o ambas manos o de las estructuras osteoligamentosas que constituyen la articulación de la muñeca, cuando esto provoque una disminución o alteración de la capacidad de prensión y manipulación. En todo caso la mano dominante debe estar integra anatómicamente y funcionalmente. 4. Inestabilidad articular durante la exploración o incongruencia articular objetivada mediante pruebas de imagen. 5. Reducción de los rangos fisiológicos de movimiento articular. 6. Desviaciones de la columna vertebral comprobadas mediante técnicas de imagen, con cifosis superior a 45°, escoliosis con ángulo de Cobb superior a 15°, hiperlordosis con eje sacro formando con el eje horizontal un ángulo inferior a 45°; o aquellas que presenten alteraciones morfológicas en cuerpos vertebrales, discos intevertebrales o apófisis articulares. 7. Alteraciones que cursen con hipotrofia o distrofia de la musculatura de miembros o tronco. 8. Intervenciones quirúrgicas que alteren significativamente la mecánica osteoarticular y todas aquellas realizadas sobre el aparato locomotor en los noventa días previos a la fecha de reconocimiento médico. 9. Dismetrías de miembros, superiores a 2 centímetros. 10. Alteraciones morfológicas de uno o ambos pies que puedan producir intolerancia al uso del calzado reglamentario o a las actividades con bipedestación prolongada. 11. Procesos patológicos en fase aguda en el momento del reconocimiento médico. 12. Presencia de material de osteosíntesis que altere la línea articular o que implique riesgo en el ejercicio de las funciones policiales, así como cualquier tipo de cirugía estabilizadora de columna vertebral. 13. Valgo o varo de miembros inferiores superior a 20° o con repercusión articular. I. Aparato de la visión 1. Afecciones del globo ocular, conjuntivas, párpados, vías lagrimales, sistema motor ocular y cavidad orbitaria, que impida o menoscabe la labor policial. 2. Pérdida o atrofia de un globo ocular. Cuerpos extraños intraoculares. Cualquier tipo de cirugía intraocular(1). (1) El BOE núm. 60, de 11 de marzo de 2023, publica el fallo de la sentencia de 16 de febrero de 2023, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, la cual declara estimar en parte el recurso contencioso-administrativo número 244/2021 contra el Real Decreto 326/2021, de 11 de mayo, por el que se aprueba el cuadro médico de exclusiones para el ingreso en la Policía Nacional, declarando la nulidad de los incisos «Cuerpos extraños intraoculares. Cualquier tipo de cirugía intraocular» del apartado 2 y «Técnicas de corrección refractiva: se deberá considerar este apartado en función del resultado de la cirugía refractiva corneal, yhabiéndose realizado la cirugía al menos sesenta días antes del reconocimiento. No se admitirán lentes fáquicas» del apartado 10, ambos de la sección «I. Aparato de la visión» del anexo («Cuadro médico de exclusiones») del Real Decreto 326/2021, de 11 de mayo. 3. Exoftalmos. 4. Glaucoma. 5. Dacriocistitis aguda y crónica. 6. Defectos y deformidades palpebrales que afecten la función palpebral implicando la visión o por exposición del globo ocular. Ptosis. Ectropion. Entropion. Blefaroespasmo. 7. Conjuntivitis crónicas. Pterigión de marcado desarrollo. 8. Escleritis y epiescleritis. 9. Queratitis. Herpes corneal. Leucomas corneales centrales y periféricos. Estafilomas, distrofias y ectasias corneales congénitas y adquiridas. Queratocono. Trasplante corneal y anillos intraestromales corneales. 10. Técnicas de corrección refractiva: se deberá considerar este apartado en función del resultado de la cirugía refractiva corneal, yhabiéndose realizado la cirugía al menos sesenta días antes del reconocimiento. No se admitirán lentes fáquicas(2). (2) El BOE núm. 60, de 11 de marzo de 2023, publica el fallo de la sentencia de 16 de febrero de 2023, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, la cual declara estimar en parte el recurso contencioso-administrativo número 244/2021 contra el Real Decreto 326/2021, de 11 de mayo, por el que se aprueba el cuadro médico de exclusiones para el ingreso en la Policía Nacional, declarando la nulidad de los incisos «Cuerpos extraños intraoculares. Cualquier tipo de cirugía intraocular» del apartado 2 y «Técnicas de corrección refractiva: se deberá considerar este apartado en función del resultado de la cirugía refractiva corneal, yhabiéndose realizado la cirugía al menos sesenta días antes del reconocimiento. No se admitirán lentes fáquicas» del apartado 10, ambos de la sección «I. Aparato de la visión» del anexo («Cuadro médico de exclusiones») del Real Decreto 326/2021, de 11 de mayo. 11. Uveítis. Iridociclitis. 12. Luxaciones, subluxaciones y ectopias del cristalino. Cataratas y opacidades que afecten a la visión. Afaquia. Pseudoafaquia. 13. Alteraciones vitreorretinianas degenerativas, inflamatorias, tumorales o traumáticas del fondo de ojo que produzcan trastornos funcionales o sean de mal pronóstico. Cualquier cirugía vitreorretiniana. 14. Neuritis óptica. Edema papilar. Atrofia óptica. 15. Estrabismo. Diplopía. Nistagmus. Heterotropia. Motilidad ocular extrínseca anormal. 16. Visión cromática. No se admitirán discromatopsias, determinadas mediante las tablas de Ishihara u otros medios diagnósticos. 17. Defectos en el campo visual debido a enfermedades oculares, del sistema nervioso central o traumas. 18. Agudeza visual lejana: la exigencia de agudeza visual será la siguiente: agudeza visual mínima exigida sin corrección: 0,6 en cada ojo, medición individual. J. Otorrinolaringología 1. Afecciones congénitas o adquiridas de la pirámide y fosas nasales, boca, faringe, laringe y oído, que perturben la función respiratoria, fonatoria o auditiva. 2. Rinitis alérgica, simple, atrófica o hipertrófica, que limite la actividad física. Anosmia y parosmia. 3. Perforaciones del tabique nasal, excepto las de origen traumático, mínimas y asintomáticas. 4. Sinusopatías comprobadas mediante radiología simple. 5. Disfonías permanentes que menoscaben la capacidad para el normal desarrollo de la comunicación verbal. La disartria será considerada como causa de exclusión. 6. Anomalías de la motilidad laríngea que provoquen trastornos ventilatorios permanentes. 7. Enfermedad recurrente del oído medio, así como las consecutivas a procesos obstructivos tubáricos. 8. Manifestaciones vertiginosas de cualquier etiología. 9. Afecciones del oído de importancia pronóstica o que perturben la función auditiva por debajo de los mínimos exigidos. 10. Hipoacusias: pérdidas auditivas sin corrección por encima de 35 db entre 500 y 3000 Hz y de 45 db a partir de 4000 Hz. Medidos en cada oído de forma individual mediante audiómetro tonal. 11. Alteraciones anatómicas y fisiológicas que supongan un Síndrome de Apnea Obstructiva del Sueño (SAOS o SAHS). K. Aparato urogenital 1. Nefropatías y cistopatías, insuficiencia renal aguda o crónica. 2. Ausencia anatómica o funcional de un riñón. 3. Litiasis con afectación endocrina o alteración de la función renal. 4. Fístulas urinarias. Incontinencia o retención de orina. 5. Alteraciones analíticas significativas de la orina. 6. Epispadias. Hipospadias perineal, escrotal o peneano. 7. Orquitis u orquiepididimitis no tratadas, recidivantes o resistentes al tratamiento. 8. Hidrocele o varicocele de relevancia clínica. 9. Prolapsos genitales. 10. Infecciones genitales no tratadas, recidivantes o resistentes al tratamiento. 11. Endometriosis. 12. Hipertrofia de mama u otra patología mamaria que interfiera con las funciones policiales, la uniformidad o equipación de seguridad policial. 13. Varicosidades genitales significativas. 14. Fístulas rectovaginales y vesicovaginales. L. Sangre y órganos hematopoyéticos 1. Afecciones hematológicas que limiten las funciones policiales. 2. Anemias y leucopenias. Trombocitopenias. (Medidos en analítica y sistemático de sangre). 3. Síndromes mieloproliferativos y mielodisplásicos. 4. Hemoblastosis. Leucosis. 5. Linfomas. Mielomas. 6. Trastornos de la hemostasia y coagulación. 7. Hemoglobinopatías con repercusión funcional o importancia pronóstica. 8. Inmunodeficiencias que menoscaben la capacidad para el normal desarrollo de las funciones policiales, evaluados de forma individualizada y con informe emitido por la persona asesora médica designada. 9. Alteraciones analíticas significativas en sangre. ANEXO V Fórmula y criterios a utilizar en el escalafonamiento del proceso selectivo de ingreso en la Escala Básica, categoría de Policía, de la Policía Nacional Puntuación final. Nota obtenida sobre 100 puntos: PF = (NFI) + (NFC*0,5) + (NFP*3) NFI = Nota de la fase de oposición publicada en el BOE. Constituye el 20 % de la PF. NFP = Nota de la fase del módulo de formación práctica en puesto de trabajo. Constituye el 30 % de la PF. NFC = Nota de la fase del curso de formación. Constituye el 50 % de la PF. Se obtiene: 𝑁𝐹𝐶 = ∑ 𝑛𝑖 𝑖 𝑝𝑖 donde: ni es la nota de la asignatura i. pi es la ponderación que le corresponde a la asignatura i. y además ∑ 𝑝𝑖 𝑖 = 10 NFP = FCk + AL. AL = Nota media de prácticas de la persona. 𝐴𝐿 = ∑ 𝑥𝑙𝑙 𝑤 xl = Nota en la valoración del factor l de las prácticas, teniendo en cuenta el número de meses efectivamente realizados. w = Número total de factores a valorar en las prácticas. FCk = Factor corrector de la plantilla k. FCk = TP – PLk. PLk = Promedio de plantilla k, obtenido a partir de las medias del alumnado de la plantilla k en el módulo de prácticas del curso de ingreso en la Escala Básica. 𝑃𝐿𝑘 = ∑𝐴𝐿𝑛 1 𝑛 n = Número de alumnos y alumnas de la plantilla en el módulo de prácticas del curso de ingreso en la Escala Básica. TP = Promedio total de prácticas, obtenido a partir de los promedios de todas las plantillas. 𝑇𝑃 = ∑𝑃𝐿𝑘 𝑧 1 𝑧 z = Número de plantillas con alumnado en el modulo de prácticas del curso de ingreso en la Escala Básica. El alumnado que acuda a realizar exámenes en convocatoria extraordinaria se situará por detrás del resto con independencia de la puntuación final. ANEXO VI Certificados reconocidos de idiomas prioritarios (*) * En relación a las certificaciones, en caso de que para su obtención existan varios tipos de exámenes, solo será admitida la modalidad presencial. Las certificaciones contenidas en el punto 1 serán admitidas en cualquier modalidad. 1. Idiomas inglés y francés a) Certificados de nivel de idioma expedidos por la División de Formación y Perfeccionamiento de la Policía Nacional. b) Certificados de competencia lingüística expedidos en una Escuela Oficial de Idiomas (EOI) del territorio nacional. Acreditarán cada uno el nivel obtenido del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas (MCER). c) Certificados correspondientes al sistema Standardized Language Profile (SLP): i) SLP 1111, acreditará un B1. ii) SLP 2222, acreditará un B2. iii) SLP 3333, acreditará un C1. 2. Idioma inglés a) Cambridge General English Exams: i) A2 KEY, grado A acreditará un B1, los grados B o C acreditarán un A2 y la puntuación 1 00-119, acreditará un A1. ii) B1 Preliminary (PET), grado A acreditará un B2, los grados B o C acreditarán un B1 y la puntuación 120-139, acreditará un A2. iii) B2 First (FCE), grado A acreditará un C1, los grados B o C acreditarán un B2 y la puntuación 140-159, acreditará un B1. iv) C1 Advanced (CAE), grado A acreditará un C2, los grados B o C acreditarán un C1 y la puntuación 160-179, acreditará un B2. v) C2 Proficiency (CPE) grado A, B o C, acreditará un C2 y la puntuación 180-199, acreditará un C1. b) Cambridge Language Assessment. Linguaskill General (solo modalidad presencial, con realización de todos los módulos): i) Puntuación: 100 a 119, acreditará un A1. ii) Puntuación: 120 a 139, acreditará un A2. iii) Puntuación: 140 a 159, acreditará un B1. iv) Puntuación: 160 a 179, acreditará un B2. v) Puntuación: 180 o superior, acreditará un C1. c) Trinity College London: lntegrated Skills in English (ISE): i) ISE A1 «pass», «pass with merit» o «pass with distinction», acreditará un A1. ii) ISE Foundation «pass», «pass with merit» o «pass with distinction», acreditará un A2. iii) ISE I «pass», «pass with merit» o «pass with distinction», acreditará un B1. iv) ISE II «pass», «pass with merit» o «pass with distinction», acreditará un B2. v) ISE III, «pass», «pass with merit» o «pass with distinction», acreditará un C1. vi) ISE IV, «pass», «pass with merit» o «pass with distinction», acreditará un C2. d) lnternational English Language Testing System (IELTS), en sus dos modalidades de «Academic» o «General Training»: i) La obtención de una puntuación igual o superior a 3,5 puntos e inferior a 4 puntos en la nota media final, acreditará un A2. ii) La obtención de una puntuación igual o superior a 4 puntos e inferior a 5,5 puntos en la nota media final, acreditará un B1. iii) La obtención de una puntuación igual o superior a 5,5 puntos e inferior a 7 puntos en la nota media final, acreditará un B2. iv) La obtención de una puntuación igual o superior a 7 puntos e inferior a 8,5 puntos en la nota media final, acreditará un C1. v) La obtención de una puntuación igual o superior a 8,5 puntos en la nota media final, acreditará un C2. e) Test of English as a Foreign Language (TOEFL), sólo en su modalidad «iBT». i) La obtención de una puntuación total igual o superior a 42 puntos e igual o inferior a 71 puntos, acreditará un B1. ii) La obtención de una puntuación total igual o superior a 72 puntos e igual o inferior a 94 puntos, acreditará un B2. iii) La obtención de una puntuación total igual o superior a 95 puntos e igual o inferior a 113 puntos, acreditará un C1. iv) La obtención de una puntuación total igual o superior a 114 puntos, acreditará un C2. f) TOEIC 4 Skills (suma del TOEIC Listening and Reading y del TOEIC Speaking and Writing): i) La obtención de una puntuación 120 y 224 puntos en la prueba TOEIC Listening and Reading; y entre 80 y 159 puntos en la prueba TOEIC Speaking and Writing, acreditará un A1. ii) La obtención de una puntuación entre 225 y 549 puntos en el examen TOEIC Listening and Reading; y entre 160 y 239 puntos en el examen TOEIC Speaking and Writing, acreditará un A2. iii) La obtención de una puntuación entre 550 y 784 puntos en la prueba TOEIC Listening and Reading; y entre 240 y 309 puntos en la prueba TOEIC Speaking and Writing, acreditará un B1. iv) La obtención de una puntuación entre 785 y 944 puntos en la prueba TOEIC Listening and Reading; y entre 310 y 399 puntos en la prueba TOEIC Speaking and Writing, acreditará un B2. v) La obtención de una puntuación entre 945 y 990 puntos en la prueba TOEIC Listening and Reading; y 400 puntos en el TOEIC Speaking and Writing, acreditará un C1. g) Oxford Test of English (Oxford University Press): i) Puntuación media final A2 en informe OTE, acreditará un A2. ii) Puntuación media final B1 en informe OTE, acreditará un B1. iii) Puntuación media final B2 en informe OTE, acreditará un B2. iv) Puntuación media final C1 en informe OTE, acreditará un C1. h) ESOL Aptis (British Council): i) Nivel A 1 en prueba Aptis General o Aptis for Teachers, acreditará un A1. ii) Nivel A2 en prueba Aptis General o Aptis for Teachers, acreditará un A2. iii) Nivel B1 en prueba Aptis General, Aptis for Teachers o APTIS Advanced, acreditará un B1. iv) Nivel B2 en prueba Aptis General, Aptis for Teachers o APTIS Advanced, acreditará un B2. v) Nivel C1 en prueba APTIS Advanced, acreditará un C1. vi) Nivel C2 en prueba APTIS Advanced, acreditará un C2. h bis) ESOL Aptis (British Council): i) Nivel A1 en prueba Aptis ESOL General o Aptis ESOL for Teachers, acreditará un A1. ii) Nivel A2 en prueba Aptis ESOL General o Aptis ESOL for Teachers, acreditará un A2. iii) Nivel B1 en prueba Aptis ESOL General, Aptis ESOL for Teachers o APTIS ESOL Advanced, acreditará un B1. iv) Nivel B2 en prueba Aptis ESOL General, Aptis ESOL for Teachers o APTIS ESOL Advanced, acreditará un B2. v) Nivel C y C1 en prueba Aptis ESOL General, Aptis ESOL for Teachers, acreditará un C1. vi) Nivel C1 en prueba APTIS ESOL Advanced, acreditará un C1. vii) Nivel C2 en prueba APTIS ESOL Advanced, acreditará un C2. i) Capman Testing Solutions 360 LPT (Language Proficiency Test 360°): i) La obtención de una puntuación total igual o superior a 10 puntos e igual o inferior a 43 puntos, acreditará un A1. ii) La obtención de una puntuación total igual o superior a 44 puntos e igual o inferior a 82 puntos, acreditará un A2. iii) La obtención de una puntuación total igual o superior a 83 puntos e igual o inferior a 204 puntos, acreditará un B1. iv) La obtención de una puntuación total igual o superior a 205 puntos e igual o inferior a 339 puntos, acreditará un B2. v) La obtención de una puntuación total igual o superior a 340 puntos e igual o inferior a 400 puntos, acreditará un C1. j) Certificat de Compétences en Langues de I'Enseignement Supérieur (CLES), inglés: i) CLES 1, acreditará un B1. ii) CLES 2, acreditará un B2. iii) CLES 3, acreditará un C1. k) The European Language Certificates (TELC): i) TELC ENGLISH A1, acreditará un A1. ii) TELC ENGLISH A2, acreditará un A2. iii) TELC ENGLISH B1, acreditará un B1. iv) TELC ENGLISH B2, acreditará un B2. v) TELC ENGLISH C1, acreditará un C1. vi) TELC ENGLISH C2, acreditará un C2. l) University of Michigan (Cambridge Michigan Language Assessments): i) Certificate of Competency in English (ECCE), acreditará un B2. ii) Certificate of Proficiency in English (ECPE), acreditará un C2. m) Pearson Test of English: i) lnternational certificate foundation, acreditará un A1. ii) lnternational certificate level 1, acreditará un A2. iii) lnternational certificate level 2, acreditará un B1. iv) lnternational certificate level 3, acreditará un B2. v) lnternational certificate level 4, acreditará un C1. vi) lnternational certificate level 5, acreditará un C2. m bis) Pearson Test of English: i) Edexcel Certificate in ESOL International Entry 1, acreditará un A1. ii) Edexcel Certificate in ESOL International Entry 2, acreditará un A2. iii) Edexcel Certificate in ESOL International Entry 3, acreditará un B1. iv) Edexcel Certificate in ESOL International Level 1, acreditará un B2. v) Edexcel Certificate in ESOL International Level 2, acreditará un C1. vi) Edexcel Certificate in ESOL International Level 3, acreditará un C2. n) Learning Resource Network: en sus dos modalidades (ESOL e IELCA): i) LRN Entry Level Certificate in ESOL lnternational (Entry 1) (CEF A1), acreditará un A1. ii) LRN Entry Level Certificate in ESOL lnternational (Entry 2) (CEF A2), acreditará un A2. iii) LRN Entry Level Certifica te in ESOL lnternational (Entry 3) (CEF B1), acreditará un B1. iv) LRN Level 1 Certificate in ESOL lnternational (CEF B2), acreditará un B2. v) LRN Level 2 Certificate in ESOL lnternational (CEF C1), acreditará un C1. vi) LRN Level 3 Certificate in ESOL lnternational (CEF C2), acreditará un C2. vii) IELCA, General or Academic (CEF B1), acreditará un B1. viii) IELCA, General or Academic (CEF B2), acreditará un B2. ix) IELCA, General or Academic (CEF C1), acreditará un C1. x) IELCA, General or Academic (CEF C2) acreditará un C2. o) Anglia ESOL Examinations General: i) Preliminary, acreditará un A1. ii) Elementary, acreditará un A2. iii) lntermediate, acreditará un B1. iv) Advance, acreditará un B2. v) Proficiency, acreditará un C1. vi) Masters, acreditará un C2. p) LanguageCert lnternational ESOL: i) Preliminary, acreditará un A1. ii) Access, acreditará un A2. iii) Achiever, acreditará un B1. iv) Communicator, acreditará un B2. v) Expert, acreditará un C1. vi) Mastery, acreditará un C2. 3. Idioma francés a) Centre lnternational d'Études Pédagogiques: Diplomas DELF (Diplóme d'Etudes en Langue Française) y DALF (Diplóme Approfondi de Langue Française), Ministerio de Educación Nacional de Francia: i) DELF A1, acreditará un A1. ii) DELF A2, acreditará un A2. iii) DELF B1, acreditará un B1. iv) DELF B2, acreditará un B2. v) DALF C1, acreditará un C1. vi) DALF C2, acreditará un C2. b) TCF (Test de connaissance du français) en su modalidad TP (Tout Public). Ministerio de Educación Nacional de Francia: i) La obtención de una puntuación total igual o superior a 100 puntos e igual o inferior a 199 puntos, acreditará un A1. ii) La obtención de una puntuación total igual o superior a 200 puntos e igual o inferior a 299 puntos, acreditará un A2. iii) La obtención de una puntuación total igual o superior a 300 puntos e igual o inferior a 399 puntos, acreditará un B1. iv) La obtención de una puntuación total igual o superior a 400 puntos e igual o inferior a 499 puntos, acreditará un B2. v) La obtención de una puntuación total igual o superior a 500 puntos e igual o inferior a 599 puntos, acreditará un C1. vi) La obtención de una puntuación total igual o superior a 600 puntos e igual o inferior a 699 puntos, acreditará un C2. c) Alliance Française: i) DELF A1, acreditará un A1. ii) DELF A2, acreditará un A2. iii) DELF B1, acreditará un B1. iv) DELF B2, acreditará un B2. v) DALF C1, acreditará un C1. vi) DALF C2, acreditará un C2. d) Certificat de Compétences en Langues de I'Enseignement Supérieur (CLES), francés: i) CLES 1, acreditará un B1. ii) CLES 2, acreditará un B2. iii) CLES 3, acreditará un C1. e) The European Language Certificates (TELC): i) TELC FRANCAIS A1, acreditará un A1. ii) TELC FRANCAIS A2, acreditará un A2. iii) TELC FRANCAIS B1, acreditará un B1. iv) TELC FRANCAIS B2, acreditará un B2. v) TELC FRANCAIS C1, acreditará un C1. vi) TELC FRANCAIS C2, acreditará un C2. Certificados reconocidos de idiomas de interés policial (*) * En relación a las certificaciones, en caso de que para su obtención existan varios tipos de exámenes, solo será admitida la modalidad presencial. Las certificaciones contenidas en el punto 1 serán admitidas en cualquier modalidad. 1. Certificados reconocidos en cualquiera de los idiomas de interés policial a) Certificados de nivel de idioma expedidos por la División de Formación y Perfeccionamiento de la Policía Nacional. b) Certificados de competencia lingüística expedidos en una Escuela Oficial de Idiomas (EOI) del territorio nacional. Acreditarán cada uno el nivel obtenido del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas (MCER). c) Certificados correspondientes al sistema Standardized Language Profile (SLP): i) SLP 1111 acreditará un B1. ii) SLP 2222 acreditará un B2. iii) SLP 3333 acreditará un C1. 2. Certificados reconocidos en cada uno de los idiomas de interés policial 1. Lengua alemana: a) Expedidos por el Goethe-lnstitut: i) Goethe-Zertifikat A1, acreditará un A1. ii) Goethe-Zertifikat A2, acreditará un A2. iii) Goethe-Zertifikat B1, acreditará un B1. iv) Goethe-Zertifikat B2, acreditará un B2. v) Goethe-Zertifikat C1, acreditará un C1. vi) Goethe-Zertifikat C2, acreditará un C2. b) Certificat de Compétences en Langues de I'Enseignement Supérieur (CLES), alemán: i) CLES 1, acreditará un B1. ii) CLES 2, acreditará un B2. iii) CLES 3, acreditará un C1. c) The European Language Certificates (TELC): i) TELC DEUTSCH A 1, acreditará un A1. ii) TELC DEUTSCH A2, acreditará un A2. iii) TELC DEUTSCH 81, acreditará un B1. iv) TELC DEUTSCH 82, acreditará un B2. v) TELC DEUTSCH C1, acreditará un C1. vi) TELC DEUTSCH C2, acreditará un C2. d) El Österreichisches Sprachdiplom Deutsch-Diploma Austriaco de la lengua alemana (ÖSD): i) ÖSD Zertifikat A1, acreditará un A 1. ii) ÖSD Zertifikat A2, acreditará un A2. iii) ÖSD Zertifikat B1, acreditará un B1. iv) ÖSD Zertifikat B2, acreditará un B2. v) ÖSD Zertifikat C1, acreditará un C1. vi) ÖSD Zertifikat C2, acreditará un C2. 2. Lengua china: a) Certificados expedidos por el Instituto Confucio: i) HSK, Hanyu Shuiping Kaoshi (nivel 1/A1), acreditará un A1. ii) HSK, Hanyu Shuiping Kaoshi (nivel 2/A2), acreditará un A2. iii) HSK, Hanyu Shuiping Kaoshi (nivel 3/B1), acreditará un B1. iv) HSK, Hanyu Shuiping Kaoshi (nivel4/B2), acreditará un B2. v) HSK, Hanyu Shuiping Kaoshi (nivel 5/C1), acreditará un C1. vi) HSK, Hanyu Shuiping Kaoshi (nivel 6/C2), acreditará un C2. 3. Lengua italiana: a) ILS-Certificazione di italiano come Lingua Straniera o CELI, Certificato di Conoscenza della Lingua italiana o Progetto Lingua Italiana Dante Alighieri (PLIDA): i) CILS A1 o CELI-IMPATTO o PLIDA A1 acreditará un A1. ii) CILS A2 o CELI 1 o PLIDA A2 acreditará un A2. iii) CILS Uno B1 o CELI 2 o PLIDA B1 acreditará un B1. iv) CILS Due B2 o CELI 3 o PLIDA B2 acreditará un B2. v) CILS Tre C1 o CELI 4 o PLIDA C1 acreditará un C1. vi) CILS Quattro C2 o CELI 5 o PLIDA C2 acreditará un C2. b) Certificat de Compétences en Langues de I'Enseignement Supérieur (CLES), italiano: i) CLES 1, acreditará un B1. ii) CLES 2, acreditará un B2. iii) CLES 3, acreditará un C1. c) The European Language Certificates (TELC): i) TELC ITALIANO A1, acreditará un A1. ii) TELC ITALIANO A2, acreditará un A2. iii) TELC ITALIANO B1, acreditará un B1. iv) TELC ITALIANO B2, acreditará un B2. v) TELC ITALIANO C1, acreditará un C1. vi) TELC ITALIANO C2, acreditará un C2. 4. Lengua portuguesa: a) Certificados expedidos por el Instituto Camöes: i) Certificado Inicial de Português Língua Estrangeira (CIPLE), acreditará un A2. ii) Diploma Elementar de Português Língua Estrangeira (DEPLE), acreditará un B1. iii) Diploma lntermédio de Português Língua Estrangeira (DIPLE), acreditará un B2. iv) Diploma Avançado de Português Língua Estrangeira (DAPLE) acreditará un C1. v) Diploma Universitário de Português Língua Estrangeira (DUPLE) acreditará un C2. b) Certificat de Compétences en Langues de I'Enseignement Supérieur (CLES), portugués: i) CLES 1, acreditará un B1. ii) CLES 2, acreditará un B2. iii) CLES 3, acreditará un C1. c) The European Language Certificates (TELC): i) TELC PORTUGUÊS A1, acreditará un A1. ii) TELC PORTUGUÊS A2, acreditará un A2. iii) TELC PORTUGUÊS B1, acreditará un B1. iv) TELC PORTUGUÊS B2, acreditará un B2. v) TELC PORTUGUÊS C1, acreditará un C1. vi) TELC PORTUGUÊS C2, acreditará un C2. 5. Lengua rumana: a) Certificados expedidos por el Instituto Cultural Rumano (ICR): i) Diploma ACLro (nivel A1), acreditará un A1. ii) Diploma ACLro (nivel A2), acreditará un A2. iii) Diploma ACLro (nivel B1), acreditará un B1. iv) Diploma ACLro (nivel B2), acreditará un B2. v) Diploma ACLro (nivel C1), acreditará un C1. vi) Diploma ACLro (nivel C2), acreditará un C2. 6. Lengua rusa: a) Certificados expedidos por el Instituto Pushkin: TORFL (Test de Ruso como Lengua Extranjera o TRKI (transcripción latina de las siglas en ruso) i) TEU, acreditará un A1. ii) TBU, acreditará un A2. iii) TRKI 1, acreditará un B1. iv) TRKI 2, acreditará un B2. v) TRKI 3, acreditará un C1. vi) TRKI 4, acreditará un C2. b) Certificat de Compétences en Langues de I'Enseignement Supérieur (CLES), ruso: i) CLES 1, acreditará un B1. ii) CLES 2, acreditará un B2. iii) CLES 3, acreditará un C1. c) The European Language Certificates (TELC): i) TELC RUSSIAN A 1, acreditará un A1. ii) TELC RUSSIAN A2 acreditará un A2. iii) TELC RUSSIAN B1, acreditará un B1. iv) TELC RUSSIAN B2, acreditará un B2. v) TELC RUSSIAN C1, acreditará un C1. vi) TELC RUSSIAN C2, acreditará un C2. 7. Lengua árabe: a) Certificat de Compétences en Langues de I'Enseignement Supérieur (CLES), árabe: i) CLES 1, acreditará un B1. ii) CLES 2, acreditará un B2. iii) CLES 3, acreditará un C1. b) The European Language Certificates (TELC): (sólo un nivel). i) TELC ARASE B1, acreditará un B1. https://www.boe.es BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

Preguntas sobre Policía Nacional

¿Qué diferencia hay entre Escala Básica y Ejecutiva?

Escala Básica (C1, requiere Bachiller) es el acceso como Policía / Oficial de Policía. Escala Ejecutiva (A2, requiere Grado) accede directamente como Inspector con responsabilidad de mando. Ambas se convocan habitualmente cada año pero con calendarios y exámenes distintos.

¿Cuántas plazas hay en 2026?

2.704 plazas Escala Básica + 150 Escala Ejecutiva = 2.854 plazas totales (OEP 2026). De las 2.704 Básica, 541 están reservadas a militares profesionales de tropa y marinería con al menos 5 años de servicio efectivos.

¿Cuándo es el examen?

Escala Básica: examen teórico (conocimientos + psicotécnicos + CIB + personalidad) a finales de septiembre de 2026, pruebas físicas en la segunda quincena de octubre. Escala Ejecutiva: pruebas físicas en la segunda quincena de octubre y examen único (conocimientos + psicotécnicos + CIB + personalidad + supuesto práctico) en noviembre 2026. La convocatoria oficial en BOE se espera entre agosto y septiembre 2026.

¿Cómo son las pruebas físicas?

Para Escala Básica incluyen: dominadas/suspensión en barra, circuito de agilidad, carrera de 1.000 metros y natación de 50 metros. Es eliminatoria. Para Ejecutiva las pruebas son similares pero adaptadas. Recomendamos preparación física específica desde meses antes.

¿Hay límite de edad?

No hay límite máximo en la mayoría de los procesos (más allá de la edad de jubilación). Edad mínima: 18 años. Algunas pruebas físicas tienen baremos diferenciados por edad.

¿Cuánto se cobra como Policía Nacional?

Escala Básica: sueldo neto inicial 1.900-2.300€/mes. Con antigüedad y servicios especiales (turnos, refuerzos) puede alcanzar 2.500-2.800€. Escala Ejecutiva (Inspector): sueldo neto inicial 2.500-3.000€, hasta 3.500-4.000€ con antigüedad y mando.

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