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title: "Subida de sueldo de los funcionarios en 2026: el 1,5 % que ya cobras y el 0,5 % que llega en 2027"
description: "La norma fija un 1,5 % con efectos de 1 de enero de 2026 y un 0,5 % adicional atado al IPC que, si llega, se abona en el primer trimestre de 2027."
date: "2026-09-04"
canonical: "https://opomate.com/blog/subida-sueldo-funcionarios-2026"
source: "Opomate, preparación de oposiciones en España (https://opomate.com)"
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# En 2026 sube un 1,5 %. El otro 0,5 % se cobra en 2027

Si has leído que los funcionarios cobran un 2 % más este año, la norma que fija la subida matiza esa cifra: **un 1,5 % consolidable con efectos de 1 de enero de 2026** y **un 0,5 % adicional condicionado al IPC que, si llega a aprobarse, se abona en el primer trimestre de 2027**. Son dos apartados del mismo artículo con reglas y calendarios distintos.

Aquí tienes el literal de la norma, qué parte ya está en tu nómina y qué falta para que el medio punto restante se convierta en dinero.

## Lo que dice el artículo 2 del Real Decreto-ley 14/2025

La subida de 2026 se aprobó en un real decreto-ley de diciembre de 2025. Su artículo 2 es corto y conviene leerlo entero, porque el matiz está en el segundo apartado:

> 1. En el año 2026, las retribuciones del personal al servicio del sector público podrán experimentar un incremento global máximo del 1,5 por ciento respecto a las vigentes a 31 de diciembre de 2025 [...] y tendrá efectos económicos desde el 1 de enero de 2026.

> 2. Asimismo, con efectos de 1 de enero de 2026, se aplicará, en su caso, un incremento retributivo adicional y consolidable del 0,5 por ciento [...] si la variación del IPC en el año 2026 es igual o superior al 1,5 por ciento, que se abonará en el primer trimestre de 2027.

Y el propio artículo explica el trámite que activa ese medio punto:

> [...] una vez publicados por el Instituto Nacional de Estadística (INE) los datos del IPC del año 2026, se aprobará la aplicación de este incremento mediante Acuerdo del Consejo de Ministros, que se publicará en el BOE.

Tres expresiones cargan con todo el peso: **"en su caso"**, **"si la variación del IPC"** y **"se abonará en el primer trimestre de 2027"**.

<Fuente>Artículo 2 del Real Decreto-ley 14/2025, de 2 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes en materia de retribuciones en el ámbito del sector público (<a href="https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2025-24445">BOE-A-2025-24445</a>). Texto transcrito literalmente. El régimen puede modificarse por una norma posterior: confirma siempre la versión consolidada en el BOE.</Fuente>

## El 1,5 % ya está aplicado desde enero de 2026

Este es el tramo que no depende de nada. Tiene efectos económicos desde el 1 de enero de 2026, es consolidable y se refleja en las tablas retributivas que publica el Ministerio de Hacienda. Si cobras de la Administración General del Estado, ya lo tienes en la nómina.

Estas son las cuantías de sueldo base de 2026 para los subgrupos C1 y C2:

| Subgrupo | Sueldo base mensual 2026 | Sueldo base, 12 mensualidades |
|---|---|---|
| C1 | 900,63 € | 10.807,56 € |
| C2 | 749,58 € | 8.994,96 € |

<Fuente>Tabla "Retribuciones del personal funcionario 2026" de la Dirección General de Costes de Personal, Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos, Ministerio de Hacienda (<a href="https://www.sepg.pap.hacienda.gob.es/sitios/sepg/es-ES/CostesPersonal/EstadisticasInformes/paginas/retribucionespersonalfuncionario.aspx">consulta la tabla oficial</a>). Cuantías vigentes en 2026 con el incremento del 1,5 % ya incorporado; se actualizan cada ejercicio.</Fuente>

Una advertencia sobre esas cifras: son el sueldo base, la parte que depende del subgrupo. La nómina completa suma el complemento de destino del nivel del puesto, el complemento específico y los trienios. El desglose por nivel lo tienes en la [guía del complemento de destino 2026](/blog/complemento-destino-nivel-c1-c2), y la parte de antigüedad y pagas extra, en la [guía de trienios y pagas extra en la AGE](/blog/trienios-pagas-extra-funcionario-c1-c2).

## Por qué las cuantías de 2026 no salen de una ley de presupuestos de 2026

Lo habitual es que el incremento retributivo de los empleados públicos venga en la ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. En 2026 no hay tal ley: **los Presupuestos siguen prorrogados desde la <a href="https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2022-22128">Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2023</a>**.

De ahí que la subida se aprobara por real decreto-ley. El reparto de papeles queda así:

- **Las cifras base** están en la Ley 31/2022, la de Presupuestos para 2023, que sigue prorrogada.
- **El porcentaje** que las actualiza lo fija el Real Decreto-ley 14/2025, de 2 de diciembre.
- **El resultado** lo publica la Dirección General de Costes de Personal en su tabla anual.

Dicho de otro modo: los euros sí salen de una ley de presupuestos, solo que de la de 2023 con el incremento aplicado encima. El propio documento de Hacienda lo dice en su título, que se presenta como una actualización de las cuantías recogidas en la Ley 31/2022. Si buscas el importe exacto de tu sueldo base, la norma no te lo va a dar: te da el porcentaje. El número está en la tabla.

## El 0,5 % adicional: dos condiciones y una fecha de cobro

El segundo tramo tiene una arquitectura distinta. Para que se convierta en dinero hacen falta dos cosas, y ninguna de las dos ha ocurrido todavía.

| Requisito | Qué exige la norma | Situación a 4 de septiembre de 2026 |
|---|---|---|
| Umbral de IPC | Que la variación del IPC de 2026 sea igual o superior al 1,5 % | El dato definitivo del INE no se publica hasta mediados de enero de 2027 |
| Acuerdo del Consejo de Ministros | Aprobación del incremento y publicación en el BOE | Sin publicar |
| Fecha de abono | Primer trimestre de 2027, con efectos de 1 de enero de 2026 | Pendiente de lo anterior |

<Fuente>Artículo 2.2 del Real Decreto-ley 14/2025, de 2 de diciembre (<a href="https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2025-24445">BOE-A-2025-24445</a>). La situación descrita corresponde al 4 de septiembre de 2026: el Acuerdo del Consejo de Ministros no está publicado. Vuelve a comprobarlo en el BOE cuando el INE difunda el IPC de 2026.</Fuente>

Como los efectos económicos se retrotraen al 1 de enero de 2026, ese 0,5 %, de aprobarse, llegaría en forma de atrasos de todo el ejercicio anterior, dentro del primer trimestre de 2027. La norma no dice si en uno o en varios pagos: para el incremento de 2025, el artículo 3.1 del mismo real decreto-ley permitió repartir el abono entre 2026, 2027 y 2028.

## El precedente del 0,5 % de 2024: se pagó, pero tarde

Que el Acuerdo esté pendiente no significa que vaya a quedarse en el cajón. Ya hubo un tramo condicionado análogo, el del artículo 6.2 del Real Decreto-ley 4/2024, y se aprobó: el Consejo de Ministros lo acordó el 1 de julio de 2025 y se publicó en el BOE mediante la Orden PJC/681/2025.

Conviene precisar dos cosas, porque no es el mismo mecanismo. Aquel 0,5 % correspondía a **2024**, no a 2025, y su disparador era distinto: que la suma de la variación del IPCA de 2022, 2023 y 2024 superase el incremento fijo acumulado de esos tres años, no un umbral anual. Tampoco traía plazo de abono; el «primer trimestre» es nuevo del real decreto-ley de 2025.

Y hay un dato que conviene tener presente si estás planificando. Según el propio Acuerdo, el INE certificó el dato el **15 de enero de 2025**, pero el Acuerdo no llegó hasta el **1 de julio**: cinco meses y medio después. El mecanismo se ejecuta, pero no deprisa. Hasta que aparezca en el BOE, planifica con el 1,5 %.

<Fuente>Orden PJC/681/2025, de 1 de julio, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 1 de julio de 2025, por el que se aprueba el incremento del 0,5 por ciento de las retribuciones del personal al servicio del sector público previsto en el artículo 6.2 del Real Decreto-ley 4/2024, de 26 de junio (<a href="https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2025-13410">BOE-A-2025-13410</a>). Se cita como precedente del mecanismo, no como aprobación del incremento de 2026, que sigue pendiente a 4 de septiembre de 2026.</Fuente>

## Qué significa que el incremento sea consolidable

La norma llama consolidable al 0,5 % adicional. Significa que se integra en las retribuciones con carácter permanente y pasa a formar parte de la base sobre la que se calculan los incrementos posteriores, en vez de agotarse en un pago único.

Por eso el medio punto vale más de lo que sugiere su cuantía. Además del atraso de 2027, mueve la base sobre la que se calculará el incremento de cada año siguiente. Un pago único se cobra y se olvida; un incremento consolidado se arrastra.

## Cómo se nota el 1,5 % en el resto de la nómina

El artículo habla de un incremento **global** de las retribuciones del personal al servicio del sector público, con un tope del 1,5 %. Ese perímetro va más allá del sueldo base: alcanza al complemento de destino, al complemento específico y a los trienios, que aparecen ya con cuantías de 2026 en las tablas de Hacienda.

Ahora bien, ninguna tabla oficial te dice cuánto vas a cobrar en un puesto concreto. Falta siempre el mismo dato: la tabla publica los importes de **complemento específico**, pero sueltos, sin decir cuál corresponde a cada puesto. Eso lo fija la relación de puestos de trabajo (RPT) de cada ministerio u organismo, y varía de un puesto a otro dentro del mismo nivel. Sin la RPT del puesto, cualquier cifra de nómina completa es una estimación.

Si lo que buscas es el desglose por cuerpo, están la [guía del sueldo de un Administrativo del Estado C1](/blog/sueldo-administrativo-estado-c1) y la [guía del sueldo de un Auxiliar Administrativo del Estado C2](/blog/sueldo-auxiliar-administrativo-estado), con el desglose de la nómina de cada cuerpo.

## Tres errores al leer la subida de 2026

1. **Contar con un 2 % este año.** Lo aplicado en 2026 es el 1,5 %. El resto está condicionado y su fecha de abono cae en 2027.
2. **Dar por hecho que la subida se nota igual en toda la nómina.** El 1,5 % es un incremento global con tope, y el complemento específico de tu puesto lo fija la RPT: el porcentaje no te dice cuántos euros más vas a ver.
3. **Dar por hecho el Acuerdo del Consejo de Ministros.** Mientras no se publique en el BOE, el 0,5 % es una previsión normativa, no una cantidad exigible.

## Ponte a prueba con cinco preguntas de examen oficial

La nómina llega después del examen. Cinco preguntas reales de la primera parte del examen de Administrativo del Estado C1 para medir por dónde andas:

<QuizFromBank slug="administrativo-c1-estado" categoria="primera-parte" n="5" />

Falla una y la recordarás mejor que leyéndola diez veces: recuperar la respuesta de memoria y volver a repasarla días después es lo que fija el dato.

<Fuente>Dunlosky et al. (2013), "Improving Students' Learning With Effective Learning Techniques", Psychological Science in the Public Interest.</Fuente>

## Antes de preocuparte por la nómina, hay que entrar

Todo lo anterior es lo que cobrarás cuando tengas la plaza. Si aún estás en la fase de decidir por dónde empezar, tienes la [ficha de la oposición de Administrativo del Estado C1](/oposiciones/administrativo-estado-c1) con requisitos, pruebas y temario, y la comparativa de [grupos y subgrupos A1, A2, B, C1 y C2](/blog/grupos-oposiciones-a1-a2-b-c1-c2) para situar dónde encaja cada titulación.

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